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26 de mayo de 2021 · 00:00

En la Municipalidad de Dina Huapi se podrán realizar las solicitudes de permisos de quema que otorga el SPLIF

Es importante contar con el permiso impreso en el momento y en el lugar donde se realice la quema.

En la Municipalidad de Dina Huapi se podrán realizar las solicitudes de permisos de quema que otorga el SPLIF

Para que te otorguen los permisos se deberá presentar documentación que acredite ser dueño de la propiedad, por ejemplo:

Impuesto inmobiliario de rentas de la Provincia de Rio Negro del año en curso.

Título de propiedad o escritura.

Boleto de compraventa con informe de dominio.

 

Es importante contar con el permiso impreso en el momento y en el lugar donde se realice la quema, siempre deberá estar presente el responsable, los montículos a quemar deberán ser menores a 2 m³ y el lugar de la quema debe ser abierto, alejado de material combustible y no puede quemarse en la vía pública (excepto personal autorizado de la Municipalidad).

Apagar el fuego o rescoldo con abundante agua.

El horario para realizar las quemas es entre las 9 y las 15 horas, por razones de seguridad, no quemar durante la noche, ni días ventosos y/o de altas temperaturas por el alto riesgo de incendios. Está prohibida la acumulación de residuos forestales en la época de restricción de quemas, recuerde que el chipeo y el traslado a sitios habilitados también son opciones para reducir material vegetal.

Se prohíbe la quema de productos derivados del petróleo, cauchos y materiales sintéticos.

En dina Huapi, se encuentra prohibida la quema en terrenos menores a 1500m² (Art.4° y Art. 10° de la Ord. n° 217-CDDH-16), a excepción de aquellos que requieran limpieza por primera y única vez.

Quienes hayan presentado la documentación en años anteriores y posean número de legajo, no necesitan presentarla nuevamente.

 

El permiso de quema no es una documentación válida para desmonte ni apeos, los mismos deberán tramitarse en el Servicio Forestal Andino.

Para consultas y más información comunicarse con el SPLIF 4437417.

Las quemas podrán ser inspeccionadas a juicio de la autoridad de aplicación a efectos de verificar el cumplimiento de las normas.

 

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